Semana Santa 2021 se celebrará del domingo 28 de marzo al domingo 3 de abril.
El Jueves y Viernes Santo caen el 1 y 2 de abril de 2021, respectivamente. Mientras que el Domingo de Ramos se conmemorará el 28 de marzo, el Sábado de Gloria el 3 de abril, y el Domingo de Resurrección, el 4 de abril.
Las vacaciones de Semana Santa serán del 29 de marzo al 9 de abril 2021.
En tanto que el Miércoles de Ceniza 2021 será el 17 de febrero, a partir de esta fecha iniciará la Cuaresma.
¿CUÁNDO CAE…? | FECHA 2021 |
Miércoles de Ceniza | 17 de febrero |
Domingo de Ramos | 28 de marzo |
Jueves Santo | 1 de abril |
Viernes Santo | 2 de abril |
Sábado de Gloria | 3 de abril |
Vacaciones de Semana Santa 2021 | Del 29 de marzo al 9 de abril |
Días festivos oficiales 2021
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, estos serán los días festivos oficiales en México en 2021:
- I. El 1o. de enero;
- II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
- III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
- IV. El 1º de mayo;
- V. El 16 de septiembre
- VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
- VII. El 1º de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;º
- VIII. El 25 de diciembre, y
- IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Estos son los días feriados por ley en 2021:
- Viernes 1º de enero 2021
- Lunes 1 de febrero (en conmemoración al 5 de febrero, aniversario de la Constitución)
- Lunes 15 de marzo (en conmemoración al 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez)
- Sábado 1º de mayo (Día del Trabajo)
- Jueves 16 de septiembre (Aniversario de la Independencia de México)
- Lunes 15 de noviembre (en conmemoración a la Revolución Mexicana)
- Jueves 25 de diciembre
En tanto que las elecciones 2021 se realizarán el domingo 6 de junio. Entre los cargos a elegir están 15 gubernaturas, además de que se renovará la Cámara de Diputados federal.
¿Qué días no habrá bancos en 2021?
- Viernes 1 de enero
- Lunes 1 de febrero
- Lunes 15 de marzo
- Jueves 1 de abril (Jueves Santo)
- Viernes 2 de abril (Viernes Santo)
- Sábado 1º de mayo
- Martes 2 de noviembre
- Sábado 25 de diciembre
Calendario escolar 2020-2021 de la SEP
Este ciclo escolar 2020-2021 ha sido atípico, debido a que, ante la pandemia de Covid-19, los alumnos han tenido que tomar clases a distancia a través de Aprende en Casa.
En 2021, estas son las fechas que el calendario escolar de la Secretaría de Educación Pública prevé que no haya labores escolares.
- 1 de febrero 2021 – Celebración del 5 de febrero, Día de la Constitución
- 19 de febrero 2021 – Consejo Técnico Escolar
- 12 de marzo 2021 – Descarga administrativa (entrega de boletas del 23 al 26 de marzo)
- 15 de marzo 2021 – Celebración del 21 de marzo, Natalicio de Benito Juárez
- 12 de abril 2021 – Consejo Técnico Escolar
- 5 de mayo 2021 – Conmemoración de la Batalla de Puebla
- 21 de mayo 2021 – Consejo Técnico Escolar
- 25 de junio 2021 – Consejo Técnico Escolar
- 28 de junio 2021 (entrega final de boletas del 5 al 8 de julio)
Calendario 2021 para descargar en Excel
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¿Cómo se pagan los días festivos oficiales: doble o triple?
Si eres trabajador y tu patrón te pide trabajar en un día oficial no laborable, es importante que conozcas lo que señala el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo,
“Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.
“Adicional a lo anterior, si de acuerdo al calendario el día de descanso obligatorio llegará a coincidir con el día de descanso semanal, es decir el día domingo, la o el patrón deberá de cubrirle al trabajador(a) el pago de la prima dominical que marca el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo el cual señala: Las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
“Derivado de lo anterior las y los trabajadores recibirán el triple del salario por ese día, más la prima dominical”.