Los alumnos y docentes de nivel básico, es decir primaria, secundaria y preescolar, disfrutan de la segunda semana de las vacaciones de Semana Santa 2023 en México. Se trata del segundo periodo de asueto en el ciclo escolar 2022 a 2023.
El calendario escolar de la Secretaría de Educación Pública (SEP) 2022 a 2023 establece que las vacaciones de Semana Santa se realizan del 3 al 14 de abril. Los estudiantes y maestros se reincorporan a clases el lunes 17 de abril.
Cambios en el calendario escolar
Hace unos días se dieron a conocer algunos cambios en el calendario escolar 2022 a 2023 de la Secretaría de Educación Pública (SEP) federal. Los cuales implican la eliminación de días de capacitación docente y modificación en la fecha de fin de clases.
Los cambios se realizan en respuesta a diversas solicitudes por parte de docentes, madres y padres de familia que, sobre ese tema, recibió la SEP. Por tal motivo, el Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes: Plan y Programas de Estudio para Educación Básica sin presencia de alumnos, previsto del 5 al 9 de junio, se trasladará a los días 20, 21, 24, 25 y 26 de julio.
En mensaje dirigido a la comunidad escolar con motivo de la Quinta Sesión del Consejo Técnico Escolar (CTE), se informó que se se eliminarán las dos semanas del Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes: Plan y Programas de Estudio para Educación Básica con presencia de alumnos, previstas del 3 al 7 de julio y del 10 al 14 del mismo mes, para continuar el trabajo escolar como se desarrolla de manera cotidiana.
¿Cómo quedó el calendario escolar 2023?
Inicialmente, el calendario escolar SEP 2022 a 2023 aprobado consideraba la realización del Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes en las siguientes fechas:
- 5 al 9 de junio 2023 sin la presencia de alumnos
- 10 al 14 de julio con la presencia de alumnos
- 27 y 28 de julio sin la presencia de alumnos
La nueva propuesta de la SEP considera reducir los días de capacitación docente y cambiar la fecha para que quede de la siguiente forma:
- 20 al 25 de julio sin la presencia de alumnos
Las principales implicaciones de estos cambios para los alumnos de preescolar, primaria y secundaria son las siguientes:
- Se cancela la “semana extra de vacaciones” que los estudiantes tendrían del 5 al 9 de junio
- Se adelanta el fin de clases del 26 al 19 de julio
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Calendario 2023
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, estos son los días festivos oficiales en México:
- I. El 1o. de enero;
- II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
- III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
- IV. El 1º de mayo;
- V. El 16 de septiembre
- VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
- VII. El 1º de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
- VIII. El 25 de diciembre, y
- IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Días festivos oficiales 2023
Durante el año 2023, estos serán los días feriados.
- Domingo 1º de enero 2021
- Lunes 6 de febrero (en conmemoración al 5 de febrero, aniversario de la Constitución)
- Lunes 20 de marzo (en conmemoración del natalicio de Benito Juárez)
- Lunes 1º de mayo (Día del Trabajo)
- Sábado 16 de septiembre (Aniversario de la Independencia de México)
- Lunes 20 de noviembre (en conmemoración a la Revolución Mexicana)
- Lunes 25 de diciembre
En 2023 habrá elecciones en Coahuila y Estado de México, donde se renovará gobernador.
¿Cómo se pagan los días festivos oficiales: doble o triple?
Si eres trabajador y tu patrón te pide trabajar en un día oficial no laborable, es importante que conozcas lo que señala el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo,
“Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.
“Adicional a lo anterior, si de acuerdo al calendario el día de descanso obligatorio llegará a coincidir con el día de descanso semanal, es decir el día domingo, la o el patrón deberá de cubrirle al trabajador(a) el pago de la prima dominical que marca el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo el cual señala: Las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
“Derivado de lo anterior las y los trabajadores recibirán el triple del salario por ese día, más la prima dominical”.