El próximo 1 de agosto, se llevará a cabo la Consulta Popular 2021, un mecanismo directo de participación en el que la ciudadanía aprueba o rechaza una o varias propuestas sobre temas de interés público.
Contenido de la pregunta de la Consulta Popular
La Consulta Popular pretende que la ciudadanía muestre su aprobación o rechazo a que, con apego al marco legal, sean llevadas acciones para el esclarecimiento de decisiones políticas tomadas en el pasado. De manera específica, la pregunta sometida a consideración del electorado será la siguiente:
La papeleta contendrá una breve descripción del tema, la pregunta aprobada en la convocatoria emitida por el Congreso de la Unión, cuadros para votar “Sí” o “No”, la entidad, distrito y municipio o alcaldía donde se emite el voto, así como las firmas del Presidente del Consejo General del INE y de su Secretario Ejecutivo.
La pregunta que estará en la papeleta
¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?
¿Cómo ubicar tu mesa receptora?
Es importante que sepas que el 1 de agosto no se desplegarán Mesas Receptoras especiales.
VER TAMBIÉN: Consulta Popular 2021: Ubica tu mesa receptora en Guanajuato
Únicamente podrás emitir tu opinión en la Mesa Receptora que corresponda a tu domicilio, donde deberás presentar tu credencial de elector y acudir en un horario de 8:00 a 18:00 horas.
Consulta tu Mesa Receptora AQUÍ.
¿Qué es una Consulta Popular?
La Consulta Popular es un mecanismo de participación estipulado en la ley, que en caso de realizarse, su organización es responsabilidad del INE, a través del cual la ciudadanía puede expresar su opinión sobre temas de trascendencia nacional.
Por ley, la consulta popular se debe realizar, el mismo día de la elección federal, lo cual no ocurrirá en esta ocasión.
¿Qué no puede someterse a Consulta Popular?
- Los ingresos y gastos del estado
- La restricción de los Derechos Humanos reconocidos por la Constitución
- Asuntos en materia electoral
- La seguridad nacional
- Los principios incluidos en el artículo 40 de la Constitución
- La organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente
¿Quiénes pueden convocarla?
- El presidente de la República
- El equivalente al 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión
- Un equivalente al 2 por ciento de los ciudadanos que conformen la Lista Nominal de Electores
La petición para una Consulta Popular se debe presentar ante las Cámaras del Congreso correspondiente: A partir del 1 de septiembre del segundo año del ejercicio de cada legislatura, hasta el 15 de septiembre del año previo a las elecciones federales