Estamos a unos días de que sea navidad, pero muchos quieren saber dos cosas ¿el 25 de diciembre 2022 se recorre? ¿Habrá puente?
Y es el 25 de diciembre cae en domingo, por ello las y los mexicanos que siguen laborando en estas últimas semanas del 2022 quieren conocer si habrá o no puente navideño.
A continuación, te damos todos los detalles sobre si se recorre o no el 25 de diciembre, y en consecuencia habrá puente por navidad.
¿El 25 de diciembre 2022 se recorre?
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, el 25 de diciembre es día de descanso obligatorio, por lo que surgen otra pregunta.
¿Habrá puente por Navidad?
La respuesta es no. Así que las y los mexicanos que seguirán laborando en la última semana no tendrán un puente navideño.
¿Cómo pagarán el 25 de diciembre?
Otra pregunta que surgió entre las y los mexicanos es ¿cómo pagarán el 25 de diciembre?
La Ley Federal del Trabajo señala lo siguiente:
“Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado”.
Aunado a ello, las y los trabajadores tendrán derecho a una prima adicional de un 25 por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
Días de descanso obligatorio 2023
Estos son los días de descanso obligatorio 2023 que estipulo la Ley Federal del Trabajo:
- El 1 de enero.
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- El 1. de mayo
- El 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- El 25 de diciembre
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
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Así quedan las vacaciones dignas para el 2023
Una vez aprobada la propuesta para duplicar los días de vacaciones en México en ambas cámaras, los empleados podrán gozar de 12 días de vacaciones a partir de que cumpla un año en su mismo empleo.
Estos días de asueto, podrá tomarlos en un solo periodo completo, si así conviene a sus intereses, o puede tomarlos en diferentes periodos, que él mismo decida.
A partir de su segundo año de trabajo, se agregarán dos días más de vacaciones hasta llegar a 20, y después del sexto año de antigüedad en el empleo, el periodo de vacaciones se incrementará dos días por cada cinco años de servicio.
Así quedarán los días de vacaciones con la reforma al artículo 78 de la LFT:
AÑOS DE TRABAJO | DÍAS DE VACACIONES |
1 año
2 años 3 años 4 años 5 años |
12 días
14 días 16 días 18 días 20 días |
AÑOS DE TRABAJO | DÍAS DE VACACIONES |
de 6 a 10 años
11 a 15 años de 16 a 20 años 21 a 25 años de 26 a 30 años de 31 a 35 años |
22 días
24 días 26 días 28 días 30 días 32 días |
¿Cuándo entra en vigor la ley que establece más días de vacaciones?
Luego de la aprobación a la reforma, los diputados prevén que entre en vigor a partir del 1 de enero de 2023, por lo que, a partir del próximo año empezará a contar la antigüedad del trabajador para que goce de 12 días de vacaciones o más, en vez de los seis días que se otorgan con la legislación actual.
Si ya llevó varios años en mi empresa ¿Cómo aplica la reforma a los días de vacaciones?
Para el caso de los trabajadores que lleven varios años laborando en la misma empresa, también aplica el beneficio.
Por ejemplo, si en 2023 cumples 5 años de trabajo en el mismo empleo, te corresponden los 20 días de vacaciones.
Pero cabe aclarar que la reforma no es retroactiva, es decir, no te corresponden más días, por los años anteriores, pues el beneficio aplica a partir de 2023.
Y los días de vacaciones de años anteriores, se regían por la ley sin modificar.
¿Al aumentar los días de descanso, también aumenta la prima vacacional?
Los cambios a la Ley Federal del Trabajo realizada por diputados y senadores, sólo amplían los días de vacaciones.
Mientras que la prima vacacional se mantiene en la misma proporción de 25 por ciento, como pago adicional al salario por cada día de vacaciones que debe pagar el patrón.