¿Si renuncio, me dan finiquito o liquidación?

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El finiquito es un derecho de los trabajadores, que consiste en el pago de sus prestaciones contractuales luego de presentar su renuncia voluntaria.

A la pregunta de ¿si renuncio, me dan finiquito? La respuesta es sí. Siempre que exista un contrato firmado con la empresa para la que laboras.

La Ley Federal del Trabajo establece que todo trabajador tiene derecho a recibir un pago de  finiquito cuando ocurre el término de la relación laboral entre ambas partes, debido a la renuncia voluntaria del trabajador.

¿Cuánto toca de finiquito?

Esta prestación es el pago proporcional, de acuerdo al tiempo trabajado, de quince días de aguinaldo, 6 días de vacaciones (si es el primer año de trabajo), la prima vacacional y los salarios pendientes de cubrir.

¿Cómo calcular el finiquito?

Los datos con los que se debe contar para la realización de un finiquito son la fecha de ingreso, fecha de baja, salario mensual y salario diario.

Ejemplo:

Días laborados por el trabajador hasta su renuncia: 182 días

Prestaciones de ley estipuladas por la Ley Federal de Trabajo:

  • Salario diario $100
  • Aguinaldo (15 días)
  • Vacaciones (6 días por año)
  • Prima vacacional (25%)

Aguinaldo

El primer paso es calcular la parte proporcional correspondiente al aguinaldo:

  • Salario diario $100
  • 15 días de aguinaldo
  • 182 días trabajados

Los quince días de aguinaldo se dividen entre 365 días del año, el resultado es 0.04109 conocido como factor por día trabajado*. Este se multiplicará por 182, que son los días que el empleado trabajó, y así se obtienen 7.47 días. Este resultado se multiplica por 100 –salario diario–, dando el total de $747 por parte proporcional.

Vacaciones

El segundo paso es calcular la parte proporcional correspondiente las vacaciones:

  • Salario diario $100
  • 6 días de vacaciones
  • 182 días trabajados

Los seis días de vacaciones se dividen entre 365 días del año, el resultado es 0.0164 o factor por día trabajado*. Se multiplica por 182, por ser los días trabajados, y así se obtienen 2.98 días. Este resultado se multiplica por 100 –salario diario–, dando el total de $298 por parte proporcional.

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Prima vacacional

El tercer paso es multiplicar los $298 de parte proporcional de las vacaciones por 25% y se obtiene $74.5 de prima vacacional.

Finalmente, se hace una sumatoria con estos datos:

  • $747 por parte proporcional de aguinaldo
  • $298 por parte proporcional de vacaciones
  • $74.5 por prima vacacional

El finiquito que obtendrá el empleado es $1,119.5

Cabe mencionar que si al empleado se le adeudan días laborados, se incluirán en el finiquito.

Así mismo, cuando el trabajador renuncia y tiene una antigüedad mayor a 15 años, se le deberá pagar la prima de antigüedad.

Por otro lado, si usted desea calcular de manera más concreta la cantidad que podría recibir de finiquito, puede utilizar la siguiente calculadora web publicada por el portal contamex.com

También puede recibir asesoría especializada acercándose a la oficina de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de su localidad

Con información de Fundación UNAM

 

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