Una de las preguntas más frecuentes que se realizan los habitantes del estado de Guanajuato sobre el canje de placas es: ¿tendrá algún costo para el propietario registrado?
Pues bien, en el portal de Canje de Placas Guanajuato 2020 se señala “el canje de placas será gratuito, para aquellos vehículos regulares, que se encuentren al corriente en sus pagos, cumplan con los requisitos y lo realicen entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre del 2020”.
Así que aprovecha todo el mes de agosto para ponerte al corriente en el refrendo vehicular 2020.
Te Puede Interesar:
Refrendo vehicular Guanajuato: Lo puedes pagar en agosto
Requisitos Canje de Placas Guanajuato 2020
Los requisitos para poder realizar el Canje de Placas 2020 en el estado de Guanajuato son: +
Personas física
- Que el vehículo se encuentre registrado a nombre de la persona que va a realizar el trámite.
- Exhibir original de identificación oficial vigente con fotografía.
- Exhibir original del comprobante de domicilio en el Estado de Guanajuato con antigüedad no mayor a 4 meses.
- Proporcionar la Clave Única de Registro de Población (CURP)
- Que el vehículo se encuentre al corriente en el pago de sus contribuciones, inclusive de infracciones de tránsito.
- Agendar cita a través de la página de internet. Da click aquí.
- Que el vehículo no presente reporte de robo vigente en el Registro Público Vehicular (REPUVE).
- Devolver placas metálicas (frontal y trasera) y tarjeta de circulación del vehículo que se trate.
Ahora bien, si el trámite lo va a realizar un familiar del propietario (esposos, padres, hijos mayores de edad u hermanos), se deberá exhibir:
- Copias de las actas del Registro Civil que acrediten el parentesco.
- Original de carta poder simple con las firmas del propietario y/o poseedor del vehículo, así como del familiar que va a realizar el trámite.
- Original de la identificación oficial vigente con fotografía de quien realizará el trámite.
- Copia de la identificación oficial vigente con fotografía del propietario y/o poseedor del vehículo.
- Si la persona que realiza el trámite no es un familiar, deberá acreditar su representación mediante poder notarial.
VER: